Renovación de marca registrada en Santo Tomé y Príncipe
Independientemente de si registró inicialmente con nosotros o no, podemos ayudarle a renovar y extender la protección de su marca en Santo Tomé y Príncipe.
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Incluye todos los costes
Servicios sencillos y sin complicaciones. Nos esforzamos por hacerlo fácil.
Agentes expertosUn agente experto en PI le será asignado el cual podrá asistirlo en todos los servicios que requiera
Servicios mundialesIndependiente de la cantidad de países en que requiera servicios, todos podrán ser realizados por nosotros. Trabajamos en más de 180 países
Sin cobros ocultosTodos nuestros precios son transparentes y sin costos ocultos. Nuestros precios son competitivos y claros
Asesoramiento gratuitoNuestro equipo está a la orden para responder cualquier pregunta que tenga respecto a marcas y PI en cualquier país del mundo
La protección de marcas en Santo Tomé y Príncipe se regula por el Decreto-Ley n.º 23/2016, administrado por el Servicio Nacional de la Propiedad Intelectual y de la Calidad (SENAPIQ-STP). El país forma parte del Protocolo de Madrid, del Protocolo de Banjul (ARIPO) y del Acta de Ginebra del Convenio de Lisboa.
Las marcas son válidas por 10 años desde la fecha de registro y pueden renovarse indefinidamente por sucesivos periodos de 10 años.
Evita:
Aún puedes renovar dentro de 6 meses tras la expiración con la tasa tardía. Después, la revalidación es posible en 1 año con tres veces la tasa habitual.
Sí, mediante revalidación en 1 año tras la publicación de caducidad, pagando la tasa triple.
No. El uso no es obligatorio para renovar en Santo Tomé y Príncipe.
Presenta la actualización de datos ante SENAPI para mantener tu registro correcto.