Deberías registrar tu marca en España porque se trata de una jurisdicción de “primero en presentar” (first-to-file), es decir, los derechos se adquieren principalmente mediante el registro. En la práctica, quien presenta primero la solicitud suele contar con derechos más claros y fuertes que quien solo usa la marca sin registrarla. Las marcas no registradas solo gozan de protección en casos muy excepcionales.
La solicitud de marca en España debe presentarse ante la Oficina Española de Patentes y Marcas
OEPM.
Una marca registrada en España:
- Te confiere derechos exclusivos sobre los productos/servicios designados.
- Te proporciona una base sólida para actuar contra infracciones y contra solicitudes posteriores conflictivas.
- Se convierte en un activo comercial (licencias, franquicias, cesiones, etc.).
- Otorga protección también en Islas Canarias, Ceuta y Melilla.
España es Estado miembro de la Unión Europea, por lo que la protección también puede obtenerse mediante una marca de la Unión Europea (EUTM), que protege en todos los Estados miembros de la UE
(ver información para registro de marca en Union Europea.
Asimismo, España es Estado parte del Protocolo de Madrid, por lo que es posible extender un registro internacional a España a través del Sistema de Madrid
(ver servicios Madrid.
Para el análisis de viabilidad, las búsquedas de marca para España pueden realizarse:
- Como parte de una búsqueda de marca de la Unión Europea, que cubre todas las oficinas nacionales de la UE y la EUIPO:
Búsqueda de marca en la Unión Europea, o
- Localmente, solo ante la base de datos de la OEPM.