Preguntas Frecuentes - Diseños Industriales

Preguntas Frecuentes - Diseños Industriales

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Los requisitos que ha de reunir un diseño para ser merecedor de protección son los siguientes:

-  Novedad: se considerará que un diseño es nuevo cuando ningún otro diseño idéntico haya sido hecho accesible al público antes de la fecha de presentación de la solicitud de registro. 

- Carácter singular: se considerará que un diseño posee carácter singular cuando la impresión general que produzca en el usuario difiera de la impresión general producida en dicho usuario por cualquier otro diseño. 

Dependiendo de la jurisdicción, se puede requerir sólo uno de los requisitos arriba expuestos y su evaluación también será más o menos estricta dependiendo de las leyes de cada país.

- Posibilidad de ser representado gráficamente: la manera en que este requisito se materializa es diferente en cada territorio. En algunos se aceptan las fotos ultra realistas, mientras que en otros se requieren planos en blanco y negro. 
 

- Colores, los elementos meramente verbales y los sonidos son ejemplos de lo que no puede considerarse como diseño, ya que no forman parte de la ornamentación de un producto. En cambio, sí que pueden cumplir los requisitos de la protección de marca.

- Los diseños cuya apariencia respondan exclusivamente a la función técnica del producto. Es posible que puedan protegerse las características técnicas o funcionales de ese tipo de diseños, según cada caso, mediante otros derechos de propiedad intelectual. (Normalmente a través de patentes o modelos de utilidad).

- Los diseños que no respeten el orden público y determinadas normas morales. Por norma general, se denegarán los diseños que reflejen o promuevan la violencia o la discriminación por motivos de sexo, origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual.