En Zambia es obligatorio registrar la marca para poder obtener y hacer valer derechos exclusivos sobre ella. Se trata de una jurisdicción de “primero en presentar”, lo que significa que, por regla general, quien primero presenta la solicitud de marca tendrá la mejor posición jurídica, incluso si otra persona la ha usado con anterioridad. Solo en casos excepcionales se reconocerán derechos sobre marcas no registradas.
El registro de la marca debe realizarse ante la **sección de marcas de la Agencia de Registro de Compañías y Patentes (PACRA).
Zambia es Estado parte del Protocolo de Madrid, por lo que puede obtener protección ya sea mediante un registro directo en Zambia o extendiendo una **marca internacional (sistema de Madrid) a esta jurisdicción. Ofrecemos servicios de registro de marcas por el sistema de Madrid.
No es requisito que la marca haya sido utilizada previamente en Zambia para poder registrarse.
Si registra una marca combinada (por ejemplo, nombre + logotipo), el derecho exclusivo abarcará la marca tal como fue presentada y registrada. Si desea utilizar y proteger por separado el elemento denominativo y el logotipo, es recomendable presentar solicitudes adicionales para cada elemento de manera independiente.
Si un tercero intenta registrar o usar una marca para productos o servicios similares, y dicha marca incluye una parte principal o distintiva de la suya, usted tendrá derecho a presentar una acción de oposición basada en la similitud que pueda inducir a confusión.
Si desea que los elementos figurativos o de diseño de su marca se tomen en cuenta en un informe de búsqueda de marca para Zambia, por favor contáctenos directamente para determinar si podemos ofrecer este servicio en esta jurisdicción. En ese caso, los precios y plazos de entrega pueden variar.