En Trinidad y Tobago, los derechos exclusivos sobre una marca se otorgan únicamente mediante el registro, ya que se trata de una jurisdicción de “primero en presentar”. Esto significa que, en general, tendrá prioridad quien presente primero la solicitud, incluso frente a quien haya usado la marca con anterioridad. En casos excepcionales, una marca bien conocida puede llegar a protegerse aunque aún no se haya presentado, pero se trata de situaciones puntuales.
Las solicitudes de marcas se presentan ante la Oficina de Propiedad Intelectual de Trinidad y Tobago IPO.
No es necesario que la marca esté en uso antes de presentar la solicitud para que pueda registrarse.
Si registra una marca combinada (que incluye elementos verbales y figurativos) en Trinidad y Tobago, el derecho exclusivo de uso se limita a la configuración exacta en la que la marca fue presentada y registrada. Si desea utilizar el elemento denominativo de su marca por separado del logotipo (o viceversa), se recomienda registrar otra marca que incluya únicamente los elementos verbales o figurativos que desee usar y proteger de manera independiente.
Si desea que se consideren los elementos figurativos o de diseño de su marca al preparar el informe de búsqueda para su registro en Trinidad y Tobago (Informe de Búsqueda de Marca), contáctenos directamente para determinar si podemos ofrecer este servicio en esta jurisdicción. En tales casos, los precios del servicio y los plazos estimados de entrega pueden variar.