En El Salvador, es obligatorio registrar la marca para obtener derechos sobre ella. El uso previo de la marca no es suficiente para adquirir derechos exclusivos. Si utilizas una marca en El Salvador pero no la registras, nada impide que un tercero se adelante y presente una solicitud para esa misma marca o una muy similar.
Solo de forma excepcional, en el caso de marcas notorias o famosas, el verdadero titular puede actuar frente a solicitudes presentadas por terceros sin derecho.
Para obtener protección, la solicitud debe presentarse ante la Oficina de Propiedad Intelectual del Centro Nacional de Registros CNR.
Si registras una marca combinada (texto + logotipo), el derecho exclusivo de uso se limita a la configuración exacta con la que fue presentada. Si quieres proteger por separado el elemento denominativo y el logotipo, lo recomendable es presentar solicitudes adicionales independientes para cada elemento.