En Bahrein es obligatorio registrar la marca para obtener derechos sobre ella, ya que se trata de una jurisdicción de “primer solicitante” (first to file). Solo en casos excepcionales se reconocerán derechos sobre marcas no registradas.
Las solicitudes de marca deben presentarse ante la Dirección de Propiedad Industrial del Ministerio de Industria y Comercio de Bahrein (MOIC).
Además, las marcas solo pueden registrarse a nombre de una empresa, no de una persona física.
Bahrein es Estado parte del Protocolo de Madrid, por lo que se puede obtener protección en este país mediante la extensión de un registro internacional de marca a través del sistema de Madrid. Ofrecemos servicios de registro de marcas por el sistema de Madrid.
No es requisito que una marca haya sido previamente usada para poder registrarse en Bahrein. No obstante, el uso previo puede ayudar a superar objeciones por falta de distintividad, demostrando que la marca ha adquirido carácter distintivo a través del uso.
Si registra una marca combinada (que incluye elementos denominativos y figurativos) en Bahrein, el derecho exclusivo de uso se limita a la configuración exacta con la que se presenta y registra. Si desea proteger por separado el elemento denominativo y el logotipo, se recomienda presentar solicitudes adicionales para cada elemento.