Los Emiratos Árabes Unidos adhieren al Protocolo de Madrid

El 28 de septiembre 2021, los Emiratos Árabes Unidos enviaron a la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (WIPO) su adhesión al protocolo de Madrid, que regula los registros de marca internacionales. Son el 109º país en hacerlo, lo que significa que el protocolo cubre ahora 125 países.

El protocolo entra en vigor el 28 de diciembre 2021, por lo que desde esta fecha, titulares de marcas de los Emiratos Árabes Unidos podrán extender sus marcas registradas al resto de países miembros en una única solicitud.

También facilitará mucho la presentación de solicitudes de marca en Emiratos Árabes Unidos por ciudadanos de países miembros del protocolo, eliminando por ejemplo la necesitad de legalizaciones de poderes de abogados costosas y complicadas.

Los Emiratos Árabes Unidos son el tercer país del Consejo de Cooperación para los Estados Árabes del Golfo, junto con Bahrein y Omán, en adherir al sistema de Madrid.


¿Cómo funciona el Sistema de Madrid?

Requisitos

Para poder hacer uso del sistema, el solicitante debe cumplir con al menos uno de los siguientes requisitos:

- Tener la nacionalidad de un país que sea parte del Protocolo de Madrid; o
- Tener su domicilio en un país que sea parte del Protocolo de Madrid; o
- Tener un establecimiento industrial o comercial que cumpla con la normativa de un país que sea parte del Protocolo de Madrid.

Esto determinará el país de origen del solicitante.

El Proceso de Solicitud

La primera etapa del proceso es tener una marca registrada o al menos una marca solicitada en el país de origen. Esta se debe hacer a través de la oficina local, de acuerdo a la normativa propia de cada país. Una vez que la marca este solicitada o registrada, se podrá solicitar directamente a través de la oficina local la extensión de la marca a través de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), para uno o más países miembros del sistema de Madrid.

Cada oficina local a que se haya extendido la marca procederá entonces a examinar que dicha marca cumple con los requisitos de registrabilidad, pudiendo cada país de manera independiente aceptar o denegar el registro de la marca.

Para más información, lea nuestro artículo completo sobre el Sistema de Madrid para marcas.

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