Preguntas Frecuentes - Copyright

Preguntas Frecuentes - Copyright

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En la mayoría de los países, solo una persona física (ser humano) puede tener autoría sobre una obra o creación protegible por derechos de autor. Es importante hacer la distinción entre autoría y propiedad de una obra protegida por derechos de autor. Aunque ambos títulos pueden recaer en la misma persona (y generalmente lo hacen), es posible que un sujeto diferente al autor tenga propiedad sobre una obra (y, por lo tanto, derechos de autor). El título de propiedad puede también pertenecer a una entidad jurídica o empresa.

Autoría y propiedad son dos conceptos diferentes. En general, el creador de una obra se conoce como autor. La persona, empresa o entidad que posee los derechos patrimoniales sobre la obra, se denomina propietario.

Aunque, como regla general, la propiedad y la autoría van de la mano, en algunos casos el autor de una obra puede no ser el propietario de los derechos que otorga el copyright.

Por ejemplo, en la mayoría de las jurisdicciones, si alguien es contratado específicamente para hacer un trabajo, o un empleado crea un trabajo para su empleador, la autoría seguirá siendo del creador real, pero los derechos de autor y propiedad pertenecerán al empleador. En los Estados Unidos, el empleador puede incluso ser considerado el autor en determinadas circunstancias.

La coautoría existe cuando dos o más personas colaboran y contribuyen directamente de manera sustancial en la creación de un solo trabajo indivisible. Aunque la autoría se limita a las personas físicas (seres humanos) en la mayoría de los países, el número de personas que pueden tener el título de autor (Coautoría) no tiene límite.

Como regla general, los derechos de autor pertenecerán al autor o creador de la obra. Sin embargo, existen excepciones.

¿Quién tiene derechos de autor sobre obras publicadas anónimamente o bajo un seudónimo?

El Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas, del que forman parte 168 países, establece que si el autor ha publicado sus obras de forma anónima o seudónima, seguirán siendo titulares de derechos de autor. Sin embargo, el editor de la obra se considerará su representante y tendrá derecho a hacer valer dichos derechos. Se pueden presentar pruebas para demostrar que el autor ha designado a otra persona para que actúe como su representante en asuntos relacionados con los derechos de autor.

¿Quién es el propietario de los derechos de autor si crea un trabajo dentro de una relación laboral?

El empleador tendría derechos de autor sobre la creación realizada por el empleador contratado para realizar el trabajo específico.

What consequences relating to copyright exist when a person is hired to make a work (“Made for Hire” works)? 

En este caso, el copyright pertenecerá legalmente a la persona que contrató el trabajo y no a la que lo creó.