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Precios de las búsquedas Primera clase $100.00 - Cada clase adicional $80.00

El precio indicado es para marcas denominativas. Si la marca incluye un elemento figurativo (logo), se cobrará un precio adicional de 30 USD por clase.

Precios de las solicitudes Primera clase $660.00 - Cada clase adicional $300.00

Cómo y porqué registrar una marca en Dinamarca

Los derechos sobre una marca comercial en Dinamarca le corresponderán a la persona o compañía que haga primer uso de la marca dentro del territorio. Si bien no es obligatorio registrar la marca en Dinamarca, en la práctica es altamente recomendable que se haga, para que entre otras razones quien la registre goce de presunción legal respecto de la titularidad de la marca, prevenir futuros reclamos respecto a la titularidad de la misma y facilitar la presentación de acciones en casos de infracción marcaria o uso indebido de marca por parte de terceros.

El registro de una marca en Dinamarca se hace a través de la Oficina de Patentes y Marcas de Dinamarca (DKPTO). Marcas registradas a través de la DKPTO a su vez tendrán protección en Groenlandia y las Islas Feroe. Dado que Groenlandia y las Islas Feroe no tienen oficinas de marcas independientes, el único modo de registrar una marca para estos territorios es a través de un registro en Dinamarca.

Dinamarca es Estado miembro de la Unión Europea, por lo que marcas de la Unión Europea (EUTM) tendrán protección en Dinamarca. Sin embargo, marcas de la Unión Europea (EUTM) no tendrán efecto en Groenlandia y las Islas Feroe.

Dinamarca es Estado parte del Protocolo de Madrid. Por ende, es posible extender un registro internacional de marca a esta jurisdicción a través del sistema de Madrid. Para mayor información respecto a servicios de registro de marcas a través del sistema de Madrid haga clic aquí.

No es requisito que una marca haya sido previamente usada en Dinamarca para poder registrarse. Sin embargo, el uso de la marca puede ser útil para sobreponerse a objeciones basadas en falta de distintividad. El uso previo de la marca puede servir para demostrar que esta ha adquirido distintividad a través de uso.

Si registra una marca combinada (marca que incluye tanto elementos denominativos como figurativos) en Dinamarca, el derecho exclusivo de uso de la marca se limita a un uso de esta en la configuración o modo exacto a como haya sido registrada. Si desea usar los elementos denominativos de su marca de forma separada a los elementos figurativos o de diseño (o vise versa), es recomendable que registre otra marca que incluya solo aquellos elementos que desea usar de manera separada.

Es importante señalar que si un tercero eventualmente registra una marca que incluye elementos que puedan ser considerados parecidos a la suya, en conexión a productos o servicios similares, como dueño de una marca registrada tendrá el derecho a presentar una  acción de oposición basada en la similitud que la marca del tercero tiene con la suya.

En Dinamarca las marcas son publicadas solo una vez que son registradas. Acciones de oposición pueden ser presentadas por terceros contra el registro de una marca dentro del plazo de dos (2) meses contados desde la fecha en que la solicitud de registro es publicada en el boletín de marcas (Dansk Varemærketidende). Las probabilidades de éxito de dichas acciones variaran dependiendo de las circunstancias de cada caso.

Si bien una marca no debe estar en uso para que se registre, en caso de no ser usada por un periodo consecutivo de cinco (5) años después de su registro, terceros podrán presentar acciones de cancelación de marca basada en la falta de uso de la marca. Uso de la marca para evitar esto puede ser mínimo, pudiendo ser en Dinamarca, Groenlandia o las Islas Feroe.

Las marcas registradas en Dinamarca tendrán un periodo de vigencia de diez (10) años contados desde la fecha de solicitud, pudiendo ser renovadas indefinidamente por periodos adicionales de diez (10) años. Una marca puede renovarse hasta seis (6) meses antes de su fecha de vencimiento. A su vez existe un periodo de gracia para la renovación tardía de la marca de seis (6) meses posteriores a su vencimiento, caso en el cual será necesario pagar un recargo por renovación tardía.

 

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